Evaluación de riesgos
Tras su revisión, el apartado 1 del artículo 16 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales establece que "la prevención de riesgos
laborales deberá integrarse en el sistema general de la empresa, tanto en el
conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta a
través de la implantación y aplicación de un Plan de prevención de riesgos
laborales. Este Plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la
estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas,
los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la
acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que
reglamentariamente se establezcan.
Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del
plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de
forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de
la actividad preventiva".
Información obtenida de Fremm
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